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Repensar la justicia para que las mujeres no esperemos 286 años

Este 8 de marzo de 2026, bajo el lema “Derechos. Justicia. Acción. Para TODAS las mujeres y niñas”, que impulsa ONU Mujeres, reivindicamos una justicia centrada en las supervivientes.

Hay leyes que otorgan a los hombres derechos que las mujeres no tienen, y limitan libertades (para viajar, administrar bienes, casarse/divorciarse, acceder a ciertos empleos…). Las mujeres solo disfrutan del 64% de los derechos de los hombres, y al ritmo actual, tardaremos 286 años en alcanzar la igualdad jurídica, estima ONU Mujeres. Honestamente, no tenemos tres siglos para esperar. 


Fania E. Davis, abogada de derechos civiles y experta en justicia restaurativa explica que el sistema actual es una herencia de estructuras (capitalistas, racistas, coloniales y heteropatriarcales) consolidadas para proteger a un poder encarnado en el Estado en lugar de proteger a su ciudadanía. Unas estructuras que reproducen desigualdad e injusticia y a menudo afectan con más inquina a quienes ya se encuentran en los márgenes de la sociedad. 


Entrevista a Fania E. Davis sobre las raíces de la justicia restaurativa

La Alianza Global contra la Trata de Mujeres (GAATW) publicó en 2025 Reformulando narrativas: lucha contra la trata desde la base, un informe que expone vías alternativas de acceso a la justicia para mujeres migrantes, en situación de prostitución y supervivientes de trata. Alternativas para que puedan buscar justicia frente a sistemas legales que a menudo las marginan o criminalizan. Entre esas alternativas están:


  • Tribunales de los Pueblos y Cortes de Mujeres (la versión feminista): Establecidos por movimientos sociales donde se presentan cargos y testimonios de testigos de forma pública para ser investigados y evaluados por expertos.

  • Justicia restaurativa: La justicia restaurativa pregunta qué daño se causó, quién fue dañado y cómo se repara, priorizando la reconstrucción del tejido social y de todas las personas involucradas (frente a la justicia convencional, que se pregunta qué ley se rompió y quién es culpable). 

  • Audiencias Públicas de Iniciativa Estatal: Mecanismos donde el propio Estado o sus instituciones convocan a la ciudadanía para escuchar quejas específicas y buscar resoluciones administrativas rápidas.


Ojo, estos modelos se proponen como complementarios a la justicia convencional para que la reparación tenga un espacio real y avanzar hacia la igualdad  jurídica. Entendiendo los sólidos cimientos del sistema patriarcal, comprendemos que  educar en igualdad, ampliar las redes de apoyo mutuo y perseverar para erradicar el machismo es indispensable para conseguir sistemas de justicia alternativos que de verdad sean reparadores.


El estigma está antes de llegar y también en sede judicial


“Muchas veces desacreditan el relato de las mujeres [las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado]. El trato policial depende de cada agente. Hay que concienciar más y trabajar más con perspectiva de género para entender a la víctima como un conjunto, que no es un perfil y que actúa motivada por factores diversos”.
“La seguridad de las mujeres cuando denuncian, no está garantizada. Hay mucho estigma social con las víctimas de violencia de género, de trata”. 
“Si trabaja en eso… así será”.

Estos son algunos de los testimonios que los equipos de los proyectos de Hermanas Oblatas en España recogieron para contribuir al estudio sobre Factores que dificultan el acceso a la justicia de mujeres migrantes, impulsado por la GAATW.


En nuestro anterior artículo ya contamos cómo afecta la irregularidad administrativa en el acceso a la justicia (testimonio exportable a otros países) y otros derechos básicos: se bloquea. A esta primera barrera se suman la del estigma social que desincentiva la denuncia (en el caso de mujeres en contextos de prostitución), o las barreras de idioma, culturales o económicas… Empatizar es un ejercicio que duele. 


Pero es que, además, el sistema penal convencional suele tratar a las víctimas, especialmente mujeres, como "evidencias/testigos" y/o como objetos de protección. Las supervivientes de trata siguen criminalizadas por delitos cometidos bajo explotación, a pesar de que el principio de no penalización de las víctimas debería protegerlas. 


¿Por qué una mujer desearía sentarse frente a frente a quien le causó un daño?


"Nací en Birmingham, Alabama... la llamábamos 'Bombingham'... era la ciudad más violenta y segregada en ese tiempo", relata Fania E. Davis. La activista vivía en “Dynamite Hill”, un barrio apodado así por los constantes ataques del Ku Klux Klan. Tras el asesinato de dos de sus mejores amigas en el bombardeo de la iglesia y décadas defendiendo a su hermana (Angela Davis) de un sistema que buscaba ejecutarla, Fania defiende que la justicia no puede ser una réplica del daño, sino un proceso de sanación donde la justicia restaurativa cobra protagonismo. 


La justicia restaurativa encuentra sus raíces en tradiciones de pueblos originarios y las primeras exploraciones de reconciliación contemporánea fueron en la década de 1970 en Canadá; aunque Nueva Zelanda institucionalizó el modelo en 1989 en sus Conferencias de Grupos Familiare (inspiradas en la cultura Māori). Hoy en día, en Tanzania se usan tribunales de barrio; y en América Latina hay proyectos para desarrollar herramientas de justicia terapéutica y restaurativa especializadas en mujeres y menores.


Tal y como se refleja en la película Las dos caras de la justicia, los procesos restaurativos pueden ser una herramienta para que las víctimas recuperen su agencia, superen el estigma y el trauma asociado a procesos donde sus propios agresores las denuncian (o niegan el daño) como estrategia legal de defensa.


Las limitaciones de sistemas alternativos


En el caso de víctimas de violencia de género y/o sexual, el alcance de la justicia restaurativa tiene límites porque las asimetrías de poder, la dependencia económica, el miedo o el trauma pueden comprometer la libertad real para participar en procesos restaurativos. 


En España, Armenia y Malta, la mediación prejudicial está prohibida (siguiendo las recomendaciones de la CEDAW). Sin embargo, sí se pueden explorar encuentros restaurativos si el agresor está cumpliendo condena, ambas personas aceptan voluntariamente participar y siempre existe acompañamiento experto (en España).


Este 8M cabe reflexionar sobre si es posible construir una sociedad más justa sobre los cimientos de un sistema excluyente y desigual. Incluso allí donde existen leyes formales de igualdad, la experiencia concreta de muchas mujeres ante el sistema judicial sigue marcada por obstáculos, demoras, desconfianza, revictimización y ausencia de reparación.

Aun siendo necesarias, las leyes tardan siglos en propiciar la igualdad, es pertinente plantearse herramientas que propicien el reconocimiento de la humanidad que siempre está bajo el conflicto, y escuchar a quienes han sufrido el daño para que no vuelvan a quedar al margen del sistema que promete protegerlas.
 
 
 

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