Cómo proteger a las víctimas de trata sin depender de su testimonio
- Fundación Serra Schönthal

- 23 sept
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23 de septiembre | Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños
Doris (nombre ficticio) es una mujer de 56 años que llegó a España para trabajar en el servicio doméstico de una casa. A su llegada, la familia le quitó el pasaporte, la confinó, la explotó laboralmente y sufrió abuso sexual. Doris escapó y buscó ayuda en la Policía. “Con esa edad no puedes ser víctima de trata”, le respondieron antes de comenzar a interrogarla sobre su pasaporte. Esa frase, que la terminó de ignorar, no es un error individual: es el reflejo de un sistema que falla y perpetúa la impunidad. En India, el caso Kalpana Ranganath Galphade demostró cómo las contradicciones en el testimonio de una víctima pueden no usarse en su contra. Durante la investigación policial, una víctima contó que había ejercido prostitución de forma voluntaria; pero durante el juicio explicó que fue en contra de su voluntad. No mintió, sino que como otras muchas víctimas, fue incapaz de responder claramente inmediatamente después del rescate, un momento de extrema vulnerabilidad donde intervienen el miedo, el trauma y el estado de shock. Y así lo reconoció el Tribunal.
Desde la Fundación Serra-Schönthal pedimos que los sistemas de justicia busquen pruebas más allá del testimonio de la víctima. Su declaración, muchas veces, está condicionada por el impacto psicológico de la violencia sufrida, por prejuicios machistas o racistas, por el estigma social y por la desconfianza hacia las instituciones. Estas dificultades se agravan todavía más cuando la mujer ha ejercido la prostitución en algún momento de su vida por necesidad o de manera voluntaria.
Un delito que crece pero unas condenas estancadas
La trata con fines de explotación sexual sigue siendo la principal forma de trata en el mundo, y las mujeres (64%) y las niñas (28%) sus principales víctimas.
En la Unión Europea, cada vez hay más formas de explotar a otras personas y las últimas estadísticas muestran una paradoja: cada vez se identifican más víctimas y más sospechosos, pero las condenas siguen siendo mínimas. Es decir, hay más detección, pero no más justicia.

La Trata es un crimen que sucede a plena luz del día, pero se organiza en unas sombras que recorren el planeta. Ese carácter clandestino y transnacional condiciona el acceso a pruebas, que suelen ser escasas y estar escondidas. Pero la ecuación se complica con otros factores:
La digitalización.
Las nuevas tecnologías amplían los medios de captación y coacción, fragmenta la evidencia y complica su rastreo. (Oficina de la ONU contra las Drogas).
Los estereotipos y prejuicios sobre cómo debe ser una víctima de trata.
Ideas como que son “mujeres jóvenes que han sufrido abusos sexuales y lloran” pesan en comisarías y juzgados donde, en ocasiones, se juzga a las víctimas por su conducta y apariencia en lugar del delito, como le pasó a Doris.
Las diferencias entre sistemas jurídicos pueden hacer más complejos los procesos penales internacionales en función de qué pruebas consideran válidas.
Por ejemplo, mientras el modelo anglosajón (common law) privilegia la oralidad y la exposición de pruebas frente al tribunal; el modelo de derecho continental (civil law), admite un abanico más amplio de pruebas que el juez recoge mientras investiga.
Debilidades en la especialización.
Es necesario fortalecer la formación específica en trata entre policías, fiscales y jueces para aumentar la capacidad de detectar indicios de trata y valorar pruebas no convencionales. En España, la Memoria 2025 de la Fiscalía recoge dificultades prácticas en la instrucción y la valoración de pruebas.
La dependencia del testimonio es un riesgo tanto para la víctima de trata como para la investigación
Aunque (sobre el papel) ya no se exige siempre que la víctima denuncie para abrir una investigación, la persecución de la trata sigue dependiendo en exceso del testimonio directo de las víctimas.
Imagina lo que esto significa: Tras meses o años de explotación y aislamiento, consigues escapar de esta situación, pero ahora vives con el miedo a represalias o a una deportación. Decides denunciar y en comisaría te toman declaración, en ocasiones más de una vez. Te ofrecerán un tiempo para “reflexionar”, “recuperarte” y decidir si quieres colaborar con la investigación (en España han estimado que 90 días es suficiente). Si decides colaborar, tendrás que narrar de nuevo tu historia al juez, al fiscal y a la defensa. Todo esto, sin haber comenzado el juicio, que tendrá lugar años más tarde. En ese momento te interrogarán y tendrás que proporcionar detalles íntimos, pero ahora tus tratantes estarán a pocos metros de ti.
Eso no es solo un trámite legal: es un coste humano insoportable. Muchas mujeres deciden callar por miedo a represalias contra sus familias o por temor a la deportación, por ejemplo. Además, revivir una experiencia traumática puede generar daño psicológico: ansiedad, culpa, depresión, aislamiento o estigma social.
Por eso es importante que los procedimientos judiciales reduzcan al máximo las veces que las víctimas deben declarar, que acorten los plazos entre testimonios y que ofrezcan entornos seguros y acompañamiento especializado. Cuantas más veces tenga que declarar una víctima (y cuanto más se alargue el proceso), mayor es la probabilidad de que aparezcan contradicciones en su relato, no por falta de veracidad, sino por el impacto del trauma, el miedo y el tiempo transcurrido.
Además, conviene recordar el principio de no penalización: los actos realizados bajo engaño, coacción o control por redes criminales no deben castigarse. En la práctica, hay víctimas de trata señaladas como “facilitadoras” por abrir puertas o atender llamadas. La no penalización protege a estas personas y evita que el sistema las sancione por actos impuestos durante su explotación.
No se trata de dudar del testimonio, sino cambiar cómo se investiga y acompañarlo de otas pruebas. La investigación debe poder avanzar sin depender en su totalidad de que la víctima declare una y otra vez.
Un mosaico de pruebas como enfoque para proteger a víctimas de trata
El mosaico de pruebas plantea entender cada investigación como la suma de piezas que, juntas, reconstruyen la dinámica del delito. No se trata de sustituir la voz de la víctima, sino de evitar convertir esa voz en la única forma de hacer justicia. Este enfoque está avalado por la literatura y la práctica internacional, y se recoge específicamente en instrumentos que orientan la actuación judicial frente a la trata. En ellos se comprueba que la acumulación de pruebas periféricas y la utilización de declaraciones preexistentes han sido decisivas para sostener condenas.
Por ejemplo, en Filipinas (G.R. No. 252507/2022) y en Nigeria (caso Omoruyi, 2006) se dictaron condenas por trata con fines de explotación sexual sin que las víctimas testificaran, apoyando la causa en declaraciones previas y otros indicios. En Australia, un video del dormitorio sin muebles donde dormían las víctimas permitió demostrar que vivían en condiciones de esclavitud sin necesidad de su testimonio.
En Argentina, la condena del caso López López se cimentó en fotografías, informes de profesionales de quienes atienden a las víctimas, declaraciones de funcionarios y otras mujeres y elementos materiales decomisados. Se demostró que la persecución eficaz puede construirse a partir de pruebas que corroboran la narrativa.
En el Reino Unido, aun teniendo un sistema de justicia que prioriza el testimonio oral durante el juicio, se han introducido medidas legales para poder grabar las declaraciones de las víctimas anticipadamente y luego reproducirlas durante el juicio, lo que en España se conoce como prueba preconstituida. De hecho, en el año 2019, en el marco de la Operación Trillón, el proyecto Oblata Leiho Zabalik acompañó a mujeres víctimas de trata en la preparación de una declaración grabada antes del juicio oral y el refuerzo de la acusación con pruebas periféricas. Los acusados fueron encarcelados.
Aunque España reconoce y recomienda la idoneidad de la prueba preconstituida (obligatoria en menores y personas con discapacidad), las memorias de la Fiscalía (2023 y 2025) documentan “resistencia de algunos jueces de instrucción” a realizar la prueba preconstituida o conceder la figura de testigo protegido cuando la víctima había ejercido prostitución en su lugar de origen o sabía de antemano su posible labor sexual, pero desconocía las condiciones. Esto evidencia el peso de los estereotipos y prejuicios de género, pero también dificultades para identificar que el engaño forma parte del proceso.
Por una justicia que no revictimice
La Trata de personas se derrota con investigación, protocolos que protejan a las personas y con voluntad institucional para que lo que hoy es excepcional sea la práctica habitual.
Por eso, reclamamos a las instituciones:
Que promuevan la obtención de pruebas distintas al testimonio de las víctimas y la prueba preconstituida cuando sea posible.
Que fortalezcan el acceso a la figura del testigo protegido para que las víctimas puedan colaborar de manera segura.
Que se desvincule la protección de la denuncia, y se permita a entidades sociales, cuando sea posible, la identificación de víctimas.
Que impulsen la formación continua en perspectiva de género y derechos humanos para jueces, fiscales, policías y profesionales del tercer sector.



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