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Las víctimas de trata siguen criminalizadas por delitos cometidos bajo explotación pese al principio de no penalización

El principio de no penalización nació para impedir criminalizar a las víctimas de trata por delitos que cometieran bajo engaño, coacción o abuso. Pero su aplicación sigue siendo excepcional en el mundo.


En 2010 España amplió el artículo 177 bis del Código Penal con el epígrafe 11. Pasaron diez años sin que se aplicase a una sentencia. Teniendo en cuenta que la norma tiene 639 artículos, con sus respectivos epígrafes, uno más o uno menos parece poca cosa. Sin embargo, cuando cinco líneas y media del Boletín Oficial del Estado son las que permiten no castigar a las víctimas de trata de personas por delitos que les obligaron a cometer, la perspectiva cambia.


    Art. 177 bis, epígrafe 11: "Sin perjuicio de la aplicación de las reglas generales de este Código, la víctima de trata de seres humanos quedará exenta de pena por las infracciones penales que haya cometido en la situación de explotación sufrida, siempre que su participación en ellas haya sido consecuencia directa de la violencia, intimidación, engaño o abuso a que haya sido sometida y que exista una adecuada proporcionalidad entre dicha situación y el hecho criminal realizado".
Art. 177 bis, epígrafe 11: "Sin perjuicio de la aplicación de las reglas generales de este Código, la víctima de trata de seres humanos quedará exenta de pena por las infracciones penales que haya cometido en la situación de explotación sufrida, siempre que su participación en ellas haya sido consecuencia directa de la violencia, intimidación, engaño o abuso a que haya sido sometida y que exista una adecuada proporcionalidad entre dicha situación y el hecho criminal realizado".

En 2019 Angelina tenía 21 años, un bebé de cuatro meses y una situación de extrema vulnerabilidad en Perú cuando una red de trata la captó para transportar cocaína a España a cambio de 4.000 euros. El 11 de agosto de ese año a las 14:15 la detuvieron en el aeropuerto de Barcelona e ingresó en prisión provisional acusada de un delito contra la salud pública. El 22 de junio de 2020 la Audiencia Provincial de Barcelona la absolvió. Fue la primera vez en España en que se aplicó el principio de no penalización para víctimas de trata y explotación. El tribunal determinó que cometer el delito fue consecuencia directa del abuso y engaño; y Angelina volvió a casa.


Cronología del principio de no penalización


Las redes de trata a menudo fuerzan a sus víctimas a cometer delitos como traficar con droga, usar documentación falsa, robar o ejercer prostitución allí donde esté penalizada, entre otros. Detener, acusar y castigar a quienes cometen esos delitos bajo coacción, engaño o abuso es injusto. Por eso, el principio de no penalización busca evitar la doble victimización: primero por las redes criminales, y luego por el propio sistema penal. 


La aplicación del principio en aquellos países donde las Hermanas Oblatas tienen proyectos es muy desigual. Mientras Argentina, Uruguay y Filipinas lo incluyen en sus marcos legales nacionales; ni Guatemala, Colombia, Angola o Italia lo recogen, aunque éste último sí tiene jurisprudencia que demuestra aplicación práctica. 


Pero, ¿de dónde sale este principio?

2000. Un marco sin castigo.

El Protocolo de Palermo de las Naciones Unidas sienta las bases de la lucha contra la trata de personas, priorizando “la protección y asistencia a las víctimas”. Sin embargo, no menciona expresamente que no deban ser castigadas por delitos derivados de su explotación.

2002. Primer reconocimiento internacional

La Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos publica los principios y directrices que afirman con claridad que las víctimas de trata no deben ser detenidas ni procesadas por infracciones vinculadas a su situación.

2005. Primer paso vinculante en Europa

El Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos introduce por primera vez en un tratado internacional la posibilidad de no sancionar a víctimas forzadas a delinquir (artículo 26).

2007. Inserción legal en Filipinas

El artículo 18 de la Ley 21 de 2007 para la erradicación del acto criminal de traficar con personas ya contempla el principio. En 2013 se introdujo la exención de responsabilidad penal en su Código contra la trata (Republic Act 10364).

Su artículo 5 incorpora la no penalización de víctimas de trata en el Código Penal.

2010. España incorpora la exención penal

Una reforma del Código Penal español añade el artículo 177 bis.11, conocido como “excusa absolutoria”. Permite eximir de pena a las víctimas que hayan cometido delitos como resultado de violencia, engaño o abuso, en situaciones de explotación.

2011. Una directiva europea refuerza el principio

La Directiva 2011/36/UE obliga a los Estados miembros a no procesar ni sancionar a víctimas de trata por delitos cometidos bajo coacción.

2014. En Uruguay.

El artículo 40 de la Ley 19.643 de Prevención y Combate de la Trata de prevé la no penalización de las víctimas.

2023. Jurisprudencia italiana

A falta de una norma específica, los tribunales han interpretado en alguna ocasión el artículo 54 del Código Penal para eximir de responsabilidad a las víctimas forzadas a delinquir.

2024. Inmunidad condicionada en Angola

Un informe de la Embajada de EE. UU en el país señala que Angola ofrece protección e inmunidad a las víctimas de trata siempre que cooperen con las autoridades; aunque no tiene un marco legal. 


    El principio de no penalización a víctimas de trata está reconocido en normas internacionales y nacionales. Lo que aún no ha entrado en vigor es la voluntad de aplicarlo.
El principio de no penalización a víctimas de trata está reconocido en normas internacionales y nacionales. Lo que aún no ha entrado en vigor es la voluntad de aplicarlo.

Mucha norma aplicación a cuentagotas: ¿Angelina ya no es inocente?

Recapitulando: existen personas forzadas a cometer delitos y existe un mecanismo que permite evitar su castigo. Pero… ¿se aplica? Lo cierto es que persisten desafíos para proteger a las víctimas de trata en esta situación. 


Bien lo sabe Angelina. El 21 de diciembre de 2023 el Tribunal Supremo español ordenó reexaminar su caso sin aplicar el principio de no penalización. ¿Por qué? El Tribunal (a excepción de un voto particular) consideró que el traslado puntual de droga no encajaba en la figura de trata de seres humanos porque no representaba una “continuidad” (aunque ni la norma española ni la europea imponen tal requisito). Además, introdujo el argumento de “efecto llamada”, sugiriendo que perdonar a personas como Angelina podría animar a las estructuras criminales a reclutar a personas vulnerables. Para personas expertas, estas razones son especulaciones ajenas al ámbito judicial y suponen una invisibilización de la vulnerabilidad de las víctimas, al obviar que el consentimiento de alguien sometido a engaño o coerción es jurídicamente irrelevante. Hoy el caso está paralizado, y podría llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.


Sin embargo, también en 2023 el mismo Tribunal Supremo usó el artículo 177 bis 11 del Código Penal para absolver a una mujer nigeriana condenada por estafa y falsedad documental, porque concluyeron que había pruebas suficientes de que la habían forzado a delinquir. Esta sentencia demuestra que la justicia puede primar la protección de la víctima sobre el castigo.


Cuando la ley no se aplica, no es que falte justicia. Es que se impone otro tipo de sentencia.
Cuando la ley no se aplica, no es que falte justicia. Es que se impone otro tipo de sentencia.

30 de julio. Día Mundial contra la Trata


El Informe Mundial contra la Trata de Personas 2024, elaborado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), alerta sobre un incremento del 25 % en el número de víctimas detectadas en el mundo en comparación con los niveles previos a la pandemia. 


Cuando a una víctima de trata se la criminaliza por actos que no cometió voluntariamente, sufre la explotación de la red, la privación de justicia y la estigmatización del Estado. Si aspiramos a que el 30 de julio (el Día Mundial contra la Trata de Personas) sea de verdad un día para romper las cadenas de la esclavitud moderna, es imprescindible garantizar la no penalización.


 
 
 

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